19 de octubre de 2011 | Antes

El Senado en España

El Senado en España
El Senado en España
No sé en otros países lo que ocurre con el Senado, pero en España no debemos estar de acuerdo con la desaparición de esta cámara, probablemente sí con la reducción del número de Senadores. Pasarlos de 263 a 150. El Poder Legislativo del estado español recae sobre el Parlamento, que recibe el nombre de Cortes Generales. Las Cortes la forman dos cámaras: la alta y la baja, o lo que es igual; el Senado y el Congreso de los Diputados respectivamente. Las Cortes, por tanto, ejercen la potestad legislativa del Estado; es decir, elaboran las leyes. El Senado es concebido por la Constitución como una cámara de representación territorial. Nuestra Carta Magna atribuye al Senado el ejercicio de unas funciones concretas. Estas, se pueden considerar de carácter concurrente, subordinado o exclusivo. Para no alargar el expositivo me detendré en las funciones de carácter exclusivo. Ejerce con exclusividad, que no debemos de pasar por alto, las funciones de propuesta al Rey del nombramiento de 4 magistrados del Tribunal Constitucional y de propuesta al Rey del nombramiento de 6 vocales del Consejo General del Poder Judicial, así como la potestad de autorizar al gobierno a intervenir en las comunidades autónomas. El Senado tiene una potestad plena y exclusiva, sin posibilidad de intervención alguna del Congreso de los Diputados: cuando una comunidad autónoma no cumpliese las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan o actúe de forma gravemente contraria al interés general de España, el Gobierno puede requerir a su presidente para que cese en tal actitud y si dicho requerimiento no fuera atendido, puede solicitar la autorización del Senado para imponer las medidas necesarias a fin de asegurar el cumplimiento de las mencionadas obligaciones o proteger el interés general de España. Si aplicamos a los sucesivos gobiernos democráticos la distribución de senadores en la cámara alta nos encontramos con que los diversos repartos de escaños de los diferentes grupos han permitido evitar decisiones legislativas aberrantes. Cuando se abre el debate independentista de muchas autonomías, el Senado sobra. También es de considerar que la desaparición de esta cámara dejaría exclusivamente en manos de la cámara baja la actual dualidad existente en el seno del Poder Judicial que, aunque no independiente, al menos, sí es dual. La desaparición de está cámara dejaría coja nuestra constitución y abriría las puertas para la implantación de tropecientas oligarquías. El énfasis de la denuncia se debería de centrar en la subrogación política que nuestros Poderes están sufriendo y no en cargarnos uno de nuestros mecanismos de control.
 
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Comentarios

Picapleitos
19-10-2011 21:05:25
En tiempos de crisis, como en la actualidad, innovación. Como son como los zánganos de las colmen...
 
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