1 de junio de 2011 | Ausbanc
Una familia cordobesa recibirá más de 15.000 €uros por fraude en un contrato de multipropiedad
EL IMPORTE DE LAS CUOTAS ABONADAS ASCIENDE A 17.105 €UROS, IMPORTE QUE DEBERÁ REINTEGRARSE JUNTO A SUS INTERESES LEGALES Y LAS COSTAS PROCESALES
La Audiencia Provincial de Málaga declara nulo el contrato de multipropiedad suscrito con la empresa Promotour Consulting y financiado por BSCH, y las condena a devolver a los clientes las cantidades entregadas en concepto de cuotas mensuales, comprensivas de capital, intereses y comisiones.
.Tras años de espera, una familia cordobesa está de enhorabuena ya que la Audiencia Provincial de Málaga ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por BSCH, y confirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Marbella, por la que se declara nulo el contrato de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles suscrito entre los asociados de Ausbanc con Promotour Consulting y la financiación vinculada con el BSCH.
La citada sentencia condena a reintegrar a los clientes las cantidades abonadas hasta la demanda (11.893'09 €), más las devengadas durante la tramitación del procedimiento (que se inició en el año 2006), así como los intereses y las costas de ambas instancias.
Esta sentencia de la Audiencia Provincial se añade a la larga lista de sentencias favorables que los servicios jurídicos de Ausbanc a nivel nacional han venido cosechando en defensa de los intereses de los afectados por este tipo de contratos de multipropiedad.
La operativa de estas empresas suele ser la siguiente: el consumidor recibe una carta, una llamada de teléfono, o es ‘asaltado’ en la calle por un comercial, que le manifiesta que le ha tocado un regalo. Tras la llamada de teléfono o la carta, los consumidores ‘pican’ cuando aceptan la invitación para acudir a recoger el supuesto regalo que les ha correspondido por sorteo.
Son citados un día en un lujoso hotel de sus respectivas ciudades, donde la empresa de ‘multipropiedad’, tiene todo preparado para que el consumidor salga, tras varias horas de reunión, con el contrato de aprovechamiento por turnos firmado, y con toda la documentación necesaria para que la empresa de ‘multipropiedad’ gestione un préstamo para poder financiar la operación. En la mayoría de los casos, sin que los consumidores sean conscientes de que se va a proceder a la firma de un préstamo. Y en otros muchos casos, con la idea de que el préstamo que se firma se puede cancelar, sin complicaciones y sin coste, si a la vuelta de las vacaciones, o una vez probado el producto que se compra, no les satisface. Es el ‘gancho’ perfecto en la que las familias se ven envueltas, sin tener constancia de la trascendencia de los actos que han llevado a cabo firmando un contrato.
Y todo ello porque la información que facilitan los comerciales de estas empresas, es engañosa, no se corresponde con la verdad, o simplemente mienten a los consumidores, para obtener la firma de los contratos.
Consejos Ausbanc
· Antes de firmar un contrato, léalo detenidamente. Si no entiende alguna cláusula o tiene dudas, no lo firme.
· Una vez suscrito el contrato de aprovechamiento por turnos, recuerde que dispone de un plazo de 10 días para desistir del contrato sin necesidad de alegar ningún motivo.
· Recuerde que, igualmente, tiene un plazo de tres meses para resolver el contrato, si no se le proporciona la información requerida legalmente.
· Comunique de forma fehaciente (burofax, notario) su decisión de desistir del contrato.
· Desconfíe de las llamadas de comerciales que le aseguran que le ha tocado un regalo
· En caso de acudir a notarías, pregunte al notario para que le informe sobre lo que realmente está suscribiendo.