15 de marzo de 2020 | Infoguadiato
Peñarroya acata el quédate en casa
Tras la declaración del ESTADO DE ALARMA para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID19, se han establecido una serie de medidas

Tras la declaración del Presidente de Gobierno, Pedro Sánchez, del estado de alarma y la prohibición de salir de casa, Peñarroya-Pueblonuevo, al igual que la gran mayoría de municipios está cumpliendo estas medidas que prohíben salir de casa durante las dos próximas semanas, salvo una serie de excepciones como ir a trabajar o comprar. Por la seguridad de todos y para lograr que este estado dure lo menos posible hay que hacer caso a las peticiones.
El Ayuntamiento de Peñarroya-Pueblonuevo informa que tras la declaración del ESTADO DE ALARMA para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID19, se han establecido una serie de medidas, entre las que se encuentran la limitación de la libertad de circulación de las personas:
1. Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.
2. Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
3. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
4. El Ministro del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.
Se ruega hagan caso de las indicaciones.