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18 de julio de 2011 | Rafael Hernando Luna

LA INCINERADORA DE “EL ANTOLÍN”: UN GRAVE ATENTADO A LA SALUD PÚBLICA Y AL MEDIO AMBIENTE LOCAL Y REGIONAL. (3ª Parte)

R. Hernando Luna. Responsable (1993-2006) del “Grupo de Investigación” «Ingeniería Geoambiental…» RNM 244. Junta de Andalucía-Universidad

Una nota preliminar.
La incineradora, a la que, de forma muy concreta se refieren estos escritos, habrá de ser toda una realidad, gracias a la “buena disposición”, y especial protagonismo, del Ayuntamiento de Belmez, que aporta al “negocio” los terrenos y el combustible — que habrá de incinerarse en la misma — consistente en residuos (estériles) procedentes de las labores mineras del Pozo Antolín y del rechazo del lavado y relavado de los carbones sacados al exterior a través del mismo; insistiéndose al respecto que la referida Entidad local es la dueña del suelo y de las escombreras de mina a tratar, depositadas en él. Quiere decirse que, se haga lo que se haga, aplicándose las fórmulas legales y mercantiles que se apliquen, el protagonismo municipal es, y seguirá siendo, de primera magnitud, con lo que se convierte, en el caso, en juez y parte puesto que el Ayuntamiento es quien tiene la potestad de decidir, en última instancia, si se otorga o no la licencia a tan nociva — por contaminante — “industria”.
La inadecuada ubicación — que se pretende — de la incineradora.
A partir de las coordenadas que figuran en el Proyecto de la incineradora, sobre los planos del Catastro, se ha situado la futura instalación, la cual queda a 632 metros de las viviendas — “protegidas” — de la “Urbanización El Antolín” y a 590 metros del “Polígono Industrial”, del mismo nombre: El Antolín; ambos sitos dentro del término municipal de Peñarroya-Pueblonuevo. Sépase también que la llamada “Planta de valorización de residuos de carbón” habrá de quedar a 632 m, como se ha dicho, de Peñarroya-Pueblonuevo (a 554 de su término municipal) y a 3.000 metros del casco urbano de Belmez. Posición ésta injustamente desequilibrada — a efectos contaminantes y otros —, cuando hubiese sido más equitativo situar la tan repudiada incineradora a 1.816 metros del casco urbano de Peñarroya (viviendas de El Antolín) y a otros tantos (1.816 m) de las “primeras” viviendas de Belmez; es decir: equidistante de ambas poblaciones, como más o menos proponía la “Plataforma Ciudadana Guadiato Sostenible” que pedía se retirase la instalación unos 2.000 m de la referida urbanización de la mina de El Antolín.
Partiendo la iniciativa nada menos que del Ayuntamiento de una de ambas localidades — en el caso, el de Belmez — se debiera haber promediado. El no haberlo hecho así ha sido un gran error que se puede ver — y tomar — de muchas maneras.
Otras consideraciones sobre la situación de la instalación proyectada, dada la condición contaminante de la misma.
A).- La contaminación aérea que, sin duda alguna, habrá de provocar dicho establecimiento — y esto es sabido por todos: promotores y “autorizadores”; afectados lejanos y vecinos próximos (éstos, verdaderas víctimas) — afectará muy negativamente tanto a personas como a la fauna y flora del conjunto del medioambiente en un ámbito que habrá de medirse en kilómetros, con importantes efectos no deseados para la salud pública especialmente en las áreas más próximas, y menores en las zonas más alejadas del foco de emisión. (En este momento y lugar, las referencias se limitan a las emisiones que habrá de lanzar a la atmósfera la chimenea de la incineradora en cuestión. Otras “contaminaciones” originadas por esa actividad — polvo, ruido, vibraciones, tráfico, etc. — serán motivo de atención más adelante).
B).- En consecuencia de lo anterior, por exigencias éticas, de equidad, de imparcialidad, de buena vecindad y también de legalidad (como se verá), el Ayuntamiento de Belmez (se insiste que, para la sociedad civil, el protagonista en el caso es ante todo la Corporación Municipal Belmezana, y no precisamente ninguna Empresa) que, consciente o inconscientemente, ha abierto una “guerra” que, como todo conflicto, su desarrollo y consecuencias habrán de ser, y son de por sí, impredecibles. No debería haber consentido que a la puerta de la casa del vecino se colocase “el muerto”, dejándolo así bien alejado de la vivienda de la que salió el cadáver (con sus efluvios insanos), para quitarse de su puerta vistas y tufos que, a más de no poco molestas, son de por sí absolutamente dañinos para la salud pública.
El deber de “buena vecindad” es también de obligado cumplimiento para las Instituciones, incluidas, claro está, las Administraciones Locales.
Y como Belmez no es una isla “aislada” (valga la redundancia) en la inmensidad del océano, sin gentes, animales y plantas en su rededor, amén de la cobertera atmosférica — que es móvil: ojo — susceptible de ser contaminada y convertirse en irrespirable, su Ayuntamiento debiera haber planteado el problema, muy en primer lugar, de acuerdo con su colindante inmediato, y principal afectado por la contaminación, que es tanto como decir la población del área oriental de Peñarroya-Pueblonuevo.
En la cuestión, el abajo firmante, al igual que los seguidores del movimiento ciudadano — que exige más democracia y participación —, 15-M, no se siente, a estos efectos, representado por el Ayuntamiento peñarriblense, que ni tan siquiera llegó a tratar del tema, pese a su importancia y gravedad, en un Pleno Municipal.
Los vecinos colindantes no fueron informados por ninguna de ambas Corporaciones — Belmez y Peñarroya — aún cuando esta última, al parecer, recibió de la primera la pertinente información. Las alegaciones de los vecinos no pudieron redactarse ni cursarse, de acuerdo con lo establecido al respecto por la Ley, y en ese sentido la Delegación Provincial de Medio Ambiente de la correspondiente Consejería de la Junta de Andalucía reclamó por dos veces, al Ayuntamiento de Belmez, las susodichas alegaciones, dando éste la callada por respuesta. La Ley, en este caso, se interpretó de manera no equitativa, en perjuicio de la ciudadanía de Peñarroya-Pueblonuevo, principal afectada por la instalación de la incineradora proyectada.
Lo primero de todo en este desagradable asunto hubiera sido establecer un diálogo con la sociedad civil afectada, que en primer lugar es la de Peñarroya-Pvo. y en segundo lugar la de Belmez. Luego, o quizás a la vez, debiera haberse tratado en el marco de la Mancomunidad de Municipios del Guadiato, puesto que, también, todos ellos, en mayor o menor cuantía, sufrirán los efectos de la contaminación.
Los hechos ponen de manifiesto que la democracia participativa (“democracia real ya”, exigen los miembros del movimiento 15-M) apenas existe, y lo que es, en lo referente a ciertos Ayuntamientos, sin el “apenas”, no existe. Con todo, pese a que de ese tema numerosas Instituciones, ni saben ni quieren saber de la tan molesta para “ellos” participación ciudadana, démosle un voto de confianza a las Corporaciones Municipales recientemente constituidas ya que, si no están excesivamente contaminadas por las malas prácticas políticas, es muy posible que esta vez no defrauden, o al menos no defrauden del todo, a la sociedad civil que les ha dado su voto. (Continuará).

 

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