29 de enero de 2020 | AGDL
Indignación tras una resolución judicial
Una familia de Peñarroya-Pueblonuevo que prefiere seguir siendo anónima, nos hace llegar sus más sinceras quejas e indignación, por las circunstancias resumidas por su abogado en el escrito que nos adjuntan, que no tiene desperdicio y que lo podéis leer textualmente, tras ver como tantos años de lucha en pos de hacer justicia por abusos sexuales de una menor y quedar sentenciado definitivamente el delito cometido por el peñarriblense M.R.C., residente actualmente en Massamagrell (Valencia), se salda con algo menos de 1 año en la cárcel, de los 16 años a los que fue condenado.
La familia se siente ninguneada en todos los sentidos, ya que este señor, aprovechando los resquicios legales para personas de su edad, ha conseguido estar en la calle en el menor tiempo posible por temas de enfermedad.
La casualidad dice y que sepamos hay al menos un precedente de ello, pues fue público y notorio el caso, que dichas enfermedades se curan mejor en casa al cuidado de la familia. Recordad el caso de Julián Muñoz, que de estar con los días contados en la cárcel, días después de estar en la calle lo pudimos ver totalmente recuperado milagrosamente de su grave enfermedad.
Buenas tardes M.B.:
Te remito un pequeño sumario de todo lo acontecido con respecto al ya condenado M.R.C.
Los hechos se denuncian en fecha 24 de mayo de 2010 y datan de acontecimientos ocurridos en el verano de 2009 el primero y marzo-abril de 2010 el segundo.
Aquí comienza el periplo judicial, en primer lugar ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba), más tardes ante la Audiencia Provincial de Córdoba y finalmente el Tribunal Supremo.
Tras la denuncia, el 24 de mayo de 2010 en sede de la Guardia Civil, se instruye el procedimiento desde el día 25 de mayo de 2010 hasta el 22 de junio de 2015, pasando los Autos a la Audiencia Provincial de Córdoba donde se celebra un primer juicio el 20 de abril de 2016, ante tres Magistrados.
La Audiencia Provincial de Córdoba condena a M.R.C. el 4 de mayo de 2016, pero la Sentencia es anulada por el Tribunal Supremo.
Devuelto el procedimiento a la Audiencia Provincial de Córdoba se celebra el segundo juicio el 26 de septiembre de 2017, con otra composición de Magistrados diferente a la primera.
Nuevamente es condenado M.R.C. por la Audiencia Provincial de Córdoba por Sentencia de 3 de octubre de 2017, la cual es recurrida por la representación del ya condenado ante el Tribunal Supremo, que dicta nueva Sentencia el 25 de julio de 2018 fallando:
Condenar a M.R.C. como autor de un delito de abuso sexual con la atenuante de dilaciones indebidas a la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y prohibición de acercamiento a P.C. a un radio inferior a doscientos metros de donde se encuentre, así como de comunicación por cualquier medio con ella, en ambos casos durante SIETE AÑOS.
Condenar a M.R.C. como autor de un delito de agresión sexual a menor de edad hecho con la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de DOCE AÑOS DE PRISIÓN, inhabilitación absoluta y prohibición de acercamiento a P.C. en un radio inferior a doscientos metros de donde se encuentre, así como de comunicación de cualquier medio con ella, en ambos casos durante DIECISÉIS AÑOS.
Iniciada la ejecución de la pena de prisión, se fue demorando el ingreso en prisión por M.R.C. solicitando sucesivamente ingreso voluntario retardado por motivo de consultas médicas, hasta que finalmente ingresa en el Centro Penitenciario de Picassent el día 8 de marzo de 2019.
En fecha reciente en su primera clasificación se le otorga el tercer grado penitenciario por motivos humanitarios y de dignidad personal dado su estado de salud por el Acuerdo del Centro Directivo, lo cual fue recurrido por el Ministerio Fiscal y desestimado el recurso por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 5 de la Comunidad Valenciana, por ello, actualmente, con una condena de 16 años de prisión ha cumplido de forma íntegra unos pocos meses todo ello sin haber mostrado arrepentimiento ni responsabilidad alguna sobre los hechos.
De aquí en adelante, si no hay regresión de grado, cumplirá el resto de la condena, según el Reglamento Penitenciario con estancia en el Centro Penitenciario durante un mínimo de 8 horas diarias, pasando el resto en régimen de libertad, de hecho se le ha visto haciendo compras en centros comerciales de la zona.
Comentarios
JULIO RODRIGUEZ MORILLO
30-01-2020 13:00:56
De pena. Esto es lo que tenemos. Y de ahora en adelante peor con el gobierno gazpacho.
JULIO RODRIGUEZ MORILLO
30-01-2020 13:00:56
De pena. Esto es lo que tenemos. Y de ahora en adelante peor con el gobierno gazpacho.
Ampliar comentarios |
Deja un comentario